Vistas de página en total

miércoles, 12 de diciembre de 2012

efecto Penn. Joaniquino libre de la sentencia que lo condenó a tres años de prisión por la compra de vehículos usados cuando era Alcalde. Tribunal de Justicia revoca la sentencia condenatoria. bien hecho. bravo!


El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) determinó este miércoles anular el “auto de dicta” contra el alcalde municipal suspendido de Potosí, René Joaquino, es decir se suspende la sentencia de tres años de presidio dictada por el Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) en la Villa Imperial.


El magistrado de la Sala Penal Liquidadora del TSJ, William Alave, en contacto directo con Radio FIDES informó sobre la revocatoria del auto supremo de la justicia potosina debido a las irregularidades que presentaría la sentencia.


“La sala penal liquidadora a emitido un auto supremo por el cual revoca el auto de dicta de la Corte Superior de Distrito de Potosí (TDJ) esta corte determino confirmar la sentencia contra René Joaquino. Lo que está haciendo la Corte Suprema (TSJ) es anular dicho auto de dicta”, puntualizó Alave.


Asimismo, el TSJ manifestó que la determinación se realizó tras verificar y analizar la sentencia emanada tras el juicio de Joaquino bajo los cargos de conducta antieconómica e incumplimiento de deberes, “lo que estamos haciendo es revocar esa decisión que la Corte de Potosí ha emitido. En cuanto a la situación política el TSJ no tiene interés”, dijo el magistrado.  


En ese marco señaló que la nueva disposición permitirá que la situación jurídica de la autoridad suspendida de Potosí sea revisada para subsanar las irregularidades que se identificaron por la entidad judicial.


“Permite que nuevamente revisen la sentencia de primera y única instancia a efecto de que puedan uniformizar y emitir una resolución en función al lineamiento que establece la Corte Suprema. Tiene que establecerse la incomunicabilidad que exige el debido proceso, vale decir individualizar los hechos frente a las pruebas que se hubiesen presentado”, explicó Alave.


El magistrado consideró que las observaciones de este órgano judicial se debe precisamente la no existencia de una individualización en los tipos penales, toda vez que existirían cuatro tipos de participaciones en el proceso, “estos cuatro tipos tienen que estar individualizados”, sostuvo.  


En las próximas horas se devolverá el proceso de Joaquino a Potosí, luego de realizar notificación pertinente.  Cabe mencionar que tras la determinación, Alave sostuvo que el TSJ revisó el mismo en función de sus competencias “las cuales no tienen ningún tipo de ingerencia en relación al conocimiento de sus causas”.